![]() |
![]() |
Usted está aquí:
Inicio >
Empleo >
Conocer el mercado de trabajo quebequense > Normas, condiciones de trabajo y sindicalización |
|||||||||||||
|
|
|||||||||||||
Normas, condiciones de trabajo y sindicalizaciónEl mercado de trabajo se rige por leyes y reglamentos que protegen a los trabajadores y aspiran a establecer relaciones de trabajo armoniosas. Las condiciones de trabajo pueden ser establecidas por convenciones colectivas, contratos de trabajo, decretos o leyes. Condiciones mínimas de trabajo Condiciones mínimas de trabajoLa Ley sobre las normas de trabajo determina las condiciones mínimas de trabajo en Québec, sobre todo el salario horario mínimo, las vacaciones, los días feriados y remunerados, así como las ausencias y licencias por razones familiares, las reglas que deben respetar los empleadores en caso de cese del empleo, despido, etc. VacacionesEl derecho a las vacaciones pagadas se adquiere progresivamente durante un período de 12 meses consecutivos. Ese período, llamado año de referencia, está determinado por el empleador o por la ley. Así, un asalariado que, al final de un año de referencia, justifica un año de servicio continuo para el mismo empleador durante ese período, tiene derecho a una licencia anual de una duración mínima de dos semanas continuas. SalarioEl salario se paga generalmente cada semana o cada dos semanas. Ninguna ventaja que tenga un valor pecuniario (automóvil, alojamiento, transporte, etc.) debe significar que el asalariado reciba una suma inferior al salario mínimo. Los índices del salario mínimo – regular, asalariados con propinas, a comisión o a destajo – son fijados por el Gobierno de Québec y están sujetos a cambio. Días feriados y remunerados
|
|||||||||||||
| INFORMACIÓN ÚTIL | ||
|---|---|---|
| Cuando una asociación de asalariados está acreditada ante un empleador, las condiciones de trabajo pueden ser regidas por una convención colectiva. | ||
Enlaces útiles
